Capítulo III: Derechos y deberes

ARTÍCULO 13. DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN.  De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 y los artículos 21 y 22 del  Decreto 1377 de  2013  el Titular de los datos personales tiene los siguientes derechos:

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a PRONACON S.A.S.,

en su condición de responsable del tratamiento.

b) Solicitar prueba de la autorización otorgada a PRONACON S.A.S., en su condición de Responsable del Tratamiento.

c) Ser informado por PRONACON S.A.S., previa solicitud, respecto del uso que le ha  dado a sus datos personales.

d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo

dispuesto en la Ley 1581 de 2012y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen, una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Responsable del Tratamiento.

e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.

f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

PRONACON S.A.S. mantendrá habilitados medios de contacto para que los Titulares de datos puedan ejercer sus derechos y dar aplicación a los procedimientos previstos en el Capítulo IV de estas Políticas, los cuales serán informados y puestos a disposición en el Aviso de Privacidad.

ARTÍCULO 14.DEBERES DE PRONACON S.A.S. EN RELACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS  PERSONALES.  PRONACON S.A.S. tendrá presente, en todo momento, que los datos personales son propiedad  de las personas a  las que se refieren y que sólo ellas pueden decidir sobre los mismos. En este  sentido, hará uso de ellos sólo para aquellas finalidades para las que se encuentra facultado  debidamente, y respetando en todo caso la Ley 1581 de 2012, el  Decreto 1377 de 2013  y el  Decreto 886 de 2014 y las demás normas aplicables  sobre protección de datos personales De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 y los artículos 21 y  22 del  Decreto 1377 de 2013, PRONACON S.A.S. se compromete a cumplir en forma  permanente con  los siguientes deberes en lo relacionado con en el tratamiento de datos personales:

a) Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;

b) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

c) Informar debidamente al  Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le  asisten por virtud de la autorización otorgada;

d) Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;

e) Realizar oportunamente, esto es en los términos previstos en los artículos 14 y 15 de la  Ley 1581 de 2012, la actualización, rectificación o supresión de los datos;

f) Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley;

g) Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular;

h) Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos;

i) Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titular es en los términos señalados en los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012;

j) Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad o detalles del dato personal;

k) Insertar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en  un término no mayor a dos (2) días hábiles de recibido el reclamo completo.

l) Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio;

m) Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella;

n) Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares;

o) Designar a un área que asuma la función de protección de datos personales, que dará trámite a las solicitudes de los Titulares, para el ejercicio de los derechos a que se refiere la Ley  1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.

p) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.